Micelio
Auto21 de octubre de 2009

A- de 2009

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Tema · dato duro
Solicitud De Nulidad De La Sentencia T 187/09, Debido A Que La Entidad Accionante Considera Que Contraviene La Línea Jurisprudencial De La Corte En Materia De Derechos Adquiridos Y, Concretamente, Lo Resuelto En Las Sentencias C-314 Y C.349, Además Alega Que Se Aplicó La Convención Colectiva Entre El Iss Y Sintraseguridad Social, Cuando No Se Debió Haber Aplicado, Se Alego La Falta De Competencia Del Liquidador De La Ese Luis Carlos Galán Para Reconocer A Los Funcionarios Públicos Los Beneficios De La Convención Colectiva Y Por Último La Imposibilidad De Aplicar La Convención Colectiva Para Proteger Meras Expectativas. La Corte Luego De Analizar Cada Cargo Planteado Encuentra Que No Se Dan Los Requisitos Para La Procedencia Excepcional De La Declaratoria De Nulidad.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Nulidad Sentencia De Revision De Tutela
  • Desconocimiento de precedentes o cambio jurisprudencial sin autorización de Sala Plena
Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Negar por cuanto no se incurrió en ninguna de las causales invocadas
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. R E S U E L V E
  2. PRIMERO. NEGAR la petición de nulidad formulada por la apoderada de la liquidadora de la ESE Luis Carlos Galán Sarmiento, Dora Magdalena Sabogal de Urrego, en contra de la sentencia T-178 de 2009.
  3. SEGUNDO. Contra este pronunciamiento no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.